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El 27N salimos a la calle contra la sentencia del Constitucional: ¡no al despido por enfermar!

La última reforma del Partido Popular modificó el Estatuto de los Trabajadores reformando la ya existente causa de despido objetivo, esto es, indemnizable solo con 20 días por año trabajado con el límite de una anualidad, el despido “por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.” Hasta el año 2012 únicamente era posible este despido si el absentismo del total de la plantilla superaba el 5%.

No computan como faltas de asistencia,  las ausencias debidas entre otras causas a  accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia y enfermedades relacionadas, ni las bajas de más de 20 días de duración.

Es decir, sí computan las bajas de menos de 20 días: gripes, esguinces, migrañas, dolores musculares, etc., enfermedades graves pero que requieran menos de 20 días continuados de baja médica sí son causa de despido.

Ahora el Tribunal Constitucional ha confirmado la “constitucionalidad” de esta barbaridad.

Obligan así a las trabajadoras y trabajadores a elegir entre trabajo o salud. A tener que asistir a rastras o medio dopadas a trabajar para no perder el trabajo, lo que por otra parte aumenta considerablemente el riesgo de sufrir un accidente laboral por disminución de la atención necesaria en cualquier puesto de trabajo. Nos están obligando a elegir entre tener un trabajo o tener salud.

Diga lo que diga el Tribunal Constitucional esto atenta contra el derecho fundamental a la salud. El trabajo no nos puede costar la salud.

El derecho al Trabajo digno incluye el derecho a no ser despedido sin causa justa y estar de baja médica es una causa justa para ausentarse y en ningun caso puede serlo para despedir.

 

Es más, la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda como cura para la gripe quedarse en casa descansando y recuperándose, no ir a trabajar bajo el efecto de los medicamentos. E incluso se puede generar un problema de salud pública por ir a trabajar con gripes u otras enfermedades contagiosas.

 

Por todo ello, desde IUCYL nos sumamos a la solicitud realizada por los sindicatos para que se deroge inmediatamente esa causa de despido, que, según aseguran CCOO y UGT, ya está provocando más despidos objetivos por enfermar y que los trabajadores y trabajadoras acudan a trabajar sin estar recuperados por miedo al despido, con el consiguiente riesgo para ellas/os y sus compañeras y compañeros.

 

Es urgente la derogación de las reformas laborales y de pensiones, de las reformas de la desigualdad y la austeridad, garantizar por ley el sistema público de pensiones, seguir incrementando el salario mínimo acercándonos a la media de la Unión Europea y establecer un sistema de protección adecuado para trabajadores y trabajadores que garantice que no nos juguemos la vida y la salud en el trabajo.

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